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permiso de la agencia para circular
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JUANCHO_66
Shor
pichu-kick
7 participantes
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permiso de la agencia para circular
hola queria saber como es eso del permiso para circular ya que no tenes patente , si te paran no tenes ningun problema con la policia ?
pichu-kick- Cantidad de envíos : 27
Fecha de inscripción : 10/12/2011
Edad : 53
Localizacion : Villa Luro
Re: permiso de la agencia para circular
si tenes problema.. siempre te quieren sacar plata te van a dar mil vueltas q si q no.. en teoria podes circular tranquilo siempre y cuando no este vencido claro.. si quieren constatar algo pueden agacharce a ver los nros de motor o cuadro, pero repito te van a hacer kilombo para sacarte plata..
Shor- Moderador General
- Cantidad de envíos : 11419
Fecha de inscripción : 14/09/2010
Edad : 39
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal - San Telmo
Re: permiso de la agencia para circular
ese permiso te lo dan los comercios habitualistas (tienen poder de verificación del motor/chasis) siempre y cuando vos elijas usar un gestor de su equipo para que te gestione el alta en el registro. dura sólo 7 días, tiene validez nacional Y NADIE PUEDE CUESTIONARTE su uso y validez por el término de 7 días a partir de que sacás la moto de la agencia. eso si al 8 día si te agarran sos boleta!!!
Re: permiso de la agencia para circular
TENES 7 DIAS PARA ANDAR TRANQUILO CON ESE PERMISO, UNA VEZ VENCIDO, NI SE TE OCURRA SACAR A LA CALLE LA MOTO XQ VAS A TENER ALTOS DOLORES DE CABEZA!!!!!
SALUDOS
SALUDOS
FERLO- Solidario
- Cantidad de envíos : 9169
Fecha de inscripción : 16/10/2011
Edad : 46
Localizacion : CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Re: permiso de la agencia para circular
jbenitezcerdan escribió:ese permiso te lo dan los comercios habitualistas (tienen poder de verificación del motor/chasis) siempre y cuando vos elijas usar un gestor de su equipo para que te gestione el alta en el registro. dura sólo 7 días, tiene validez nacional Y NADIE PUEDE CUESTIONARTE su uso y validez por el término de 7 días a partir de que sacás la moto de la agencia. eso si al 8 día si te agarran sos boleta!!!
eso es totalmente cierto, una vez vencido, la agencia te puede dar una prróroga más... creo que te dan una semana más... (a mi me lo habían dado porque demoraron con el tema de la patente)
fuera de eso, podes andar tranquilo, eso sí, no te olvides del seguro y si es por tarjeta, ASEGURATE QUE TE LO ACEPTARON, a mi me lo registraron pero nunca ví que me cobren, fuí a preguntar y resulta que me lo habían rechazado y aparentemente ni la consecionaria sabía que me lo rechazaron, tené mucho ciudado con eso, si en 3 días, verificas y está como tiene que estar, listo, andá tranquilo, pero las primeras 72hs (hasta donde tengo entendido) te lo pueden estar verificando aún y puede que te lo rechacen!
Komp- Cantidad de envíos : 1900
Fecha de inscripción : 28/06/2011
Edad : 37
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal - Microcentro
Re: permiso de la agencia para circular
gracias por los consejos abarzos
pichu-kick- Cantidad de envíos : 27
Fecha de inscripción : 10/12/2011
Edad : 53
Localizacion : Villa Luro
Re: permiso de la agencia para circular
OJO!!! si la agencia te da alguna prorroga ES TRUCHA!!! ya que el permiso sale impreso desde el formulario 01, que es donde se hace el alta del motovehiculo, donde se conectan, dueño, certificado de fabricacion y/o importacion y formulario 01, por ende es IMPOSIBLE! que la agencia te extienda una prorroga.Komp escribió:eso es totalmente cierto, una vez vencido, la agencia te puede dar una prróroga más... creo que te dan una semana más... (a mi me lo habían dado porque demoraron con el tema de la patente)
Para mas infomacion, el motivo por el cual solo le entregan el permiso de circulacion a aquellos que hagan los tramites de patentamiento en la agencia mediante gestor de los mismos, es porque de esa manera desde el TRGS (ente que regula los patentamientos) se aseguran que el tramite esta iniciado y por tal motivo es que en el lugar donde sale impreso el permiso cuando alguien hace los tramites en forma particular, sale ANULADO, por ende, hasta que no llevan la CHAPA PATENTE a la agencia NO pueden retirar la moto.
Otro temita mas, como MUCHOS desconocen, los formularios 01 y 14 las agencias LOS COMPRAN EN EL TRGS! porque siempre estan diciendo que porque les cobran los formularios si son gratuitos...
Espero haber sido claro, si confundí en lugar de aclarar por favor háganmelo saber!
Re: permiso de la agencia para circular
Walterio escribió:OJO!!! si la agencia te da alguna prorroga ES TRUCHA!!! ya que el permiso sale impreso desde el formulario 01, que es donde se hace el alta del motovehiculo, donde se conectan, dueño, certificado de fabricacion y/o importacion y formulario 01, por ende es IMPOSIBLE! que la agencia te extienda una prorroga.Komp escribió:eso es totalmente cierto, una vez vencido, la agencia te puede dar una prróroga más... creo que te dan una semana más... (a mi me lo habían dado porque demoraron con el tema de la patente)
Para mas infomacion, el motivo por el cual solo le entregan el permiso de circulacion a aquellos que hagan los tramites de patentamiento en la agencia mediante gestor de los mismos, es porque de esa manera desde el TRGS (ente que regula los patentamientos) se aseguran que el tramite esta iniciado y por tal motivo es que en el lugar donde sale impreso el permiso cuando alguien hace los tramites en forma particular, sale ANULADO, por ende, hasta que no llevan la CHAPA PATENTE a la agencia NO pueden retirar la moto.
Otro temita mas, como MUCHOS desconocen, los formularios 01 y 14 las agencias LOS COMPRAN EN EL TRGS! porque siempre estan diciendo que porque les cobran los formularios si son gratuitos...
Espero haber sido claro, si confundí en lugar de aclarar por favor háganmelo saber!
sale de ahí pero ese formulario tiene 2 folletos si no me equivoco, en este momento no recuerdo bien cómo era pero se puede, se da 1 prórroga más...
Komp- Cantidad de envíos : 1900
Fecha de inscripción : 28/06/2011
Edad : 37
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal - Microcentro
Re: permiso de la agencia para circular
No es que tiene dos folletos, el 01 se imprime por duplicado, ambos poseen el mismo nro de formulario, pero en el duplicado ya viene impreso el ANULADO en la parte de abajo donde sale el permiso, por ende solo puede imprimirse en el original, por ende UNO SOLO!Komp escribió:sale de ahí pero ese formulario tiene 2 folletos si no me equivoco, en este momento no recuerdo bien cómo era pero se puede, se da 1 prórroga más...
Re: permiso de la agencia para circular
Walterio escribió:No es que tiene dos folletos, el 01 se imprime por duplicado, ambos poseen el mismo nro de formulario, pero en el duplicado ya viene impreso el ANULADO en la parte de abajo donde sale el permiso, por ende solo puede imprimirse en el original, por ende UNO SOLO!Komp escribió:sale de ahí pero ese formulario tiene 2 folletos si no me equivoco, en este momento no recuerdo bien cómo era pero se puede, se da 1 prórroga más...
mirá vos... tenía entendido que no... los voy a preguntar a los chicos de la consecionaria directamente! jaja a ver qué me dicen y dsp cuento... veremos qué onda... gracias por la data
Komp- Cantidad de envíos : 1900
Fecha de inscripción : 28/06/2011
Edad : 37
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal - Microcentro
Re: permiso de la agencia para circular
mira, a mi me paro la poli y el planteo que me hicieron era re valido, "hermano, sin chapa patente no podes andar, no se te puede identificar, sabes cuantas motos negras hay en la calle"...me dijo.
A lo que yo le dije haciendome el pistola "mira yo con esto puedo circular porque es una habilitacion oficial"...
en definitiva, me dejaron ir, pero me quede pensando... en que eran dos plateos distintos:
El planteo de la policia era: NO PODES CIRCULAR SIN CHAPA IDENTIFICATORIA (cosa que estoy totalmente de acuerdo y ODIO a los que la ponen al reves o de costado.. y encima NO LOS PARAN.. tema a parte.
Mi planteo es que el permiso te da "permiso" para circular con la moto como dueño, porque no esta inscripta en ningun lado, no "existe" entonces eso te formaliza que la moto es legal, y que se esta dando de alta, o sea, no tenes titulo, cedula verde, nada...
No les parece que es asi? O sea, la policia te puede hacer la boleta, secuestrar la moto o lo que sea pero por NO TENER PATENTE.
Imaginense autos sin patente (que los hay) seria lo mismo. Creo que el sistema deberia dar una patente provisoria como la de los autos (las rojas) hasta que este la definitiva, algo, un codigo...
Yo no soy el mas moralista de todos, pero respeto las leyes, tengo mi seguro, mi patente como va puesta, no paso los semaforos en rojo, etc, porque en definitiva estar en una moto no me da impunidad,,, aunque me da MUCHA bronca los que hacen cualquiera (ojo, por favor, sin ofender a nadie, eh).
Saludos totales.
A lo que yo le dije haciendome el pistola "mira yo con esto puedo circular porque es una habilitacion oficial"...
en definitiva, me dejaron ir, pero me quede pensando... en que eran dos plateos distintos:
El planteo de la policia era: NO PODES CIRCULAR SIN CHAPA IDENTIFICATORIA (cosa que estoy totalmente de acuerdo y ODIO a los que la ponen al reves o de costado.. y encima NO LOS PARAN.. tema a parte.
Mi planteo es que el permiso te da "permiso" para circular con la moto como dueño, porque no esta inscripta en ningun lado, no "existe" entonces eso te formaliza que la moto es legal, y que se esta dando de alta, o sea, no tenes titulo, cedula verde, nada...
No les parece que es asi? O sea, la policia te puede hacer la boleta, secuestrar la moto o lo que sea pero por NO TENER PATENTE.
Imaginense autos sin patente (que los hay) seria lo mismo. Creo que el sistema deberia dar una patente provisoria como la de los autos (las rojas) hasta que este la definitiva, algo, un codigo...
Yo no soy el mas moralista de todos, pero respeto las leyes, tengo mi seguro, mi patente como va puesta, no paso los semaforos en rojo, etc, porque en definitiva estar en una moto no me da impunidad,,, aunque me da MUCHA bronca los que hacen cualquiera (ojo, por favor, sin ofender a nadie, eh).
Saludos totales.
eze3000- Cantidad de envíos : 383
Fecha de inscripción : 04/11/2010
Edad : 44
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal
Re: permiso de la agencia para circular
Si te lo digo es porque VAAAARIAS veces en la semana hago esos formularios...Komp escribió:mirá vos... tenía entendido que no... los voy a preguntar a los chicos de la consecionaria directamente! jaja a ver qué me dicen y dsp cuento... veremos qué onda... gracias por la data
Re: permiso de la agencia para circular
Walterio escribió:Si te lo digo es porque VAAAARIAS veces en la semana hago esos formularios...Komp escribió:mirá vos... tenía entendido que no... los voy a preguntar a los chicos de la consecionaria directamente! jaja a ver qué me dicen y dsp cuento... veremos qué onda... gracias por la data
jajaja no es que no te crea, es porque quiero saber qué me dijeron allá!!! Porque por ahí ni ellos saben o ver si me mintieron o me confundí yo mismo... básicamente es para ver qué pasó conmigo, porque me habían dado una prórroga, porque la patente no llegaba y es eso lo que quiero saber, qué clase de prórroga me habían dado....?
Komp- Cantidad de envíos : 1900
Fecha de inscripción : 28/06/2011
Edad : 37
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal - Microcentro
Re: permiso de la agencia para circular
eze3000 escribió:mira, a mi me paro la poli y el planteo que me hicieron era re valido, "hermano, sin chapa patente no podes andar, no se te puede identificar, sabes cuantas motos negras hay en la calle"...me dijo.
A lo que yo le dije haciendome el pistola "mira yo con esto puedo circular porque es una habilitacion oficial"...
en definitiva, me dejaron ir, pero me quede pensando... en que eran dos plateos distintos:
El planteo de la policia era: NO PODES CIRCULAR SIN CHAPA IDENTIFICATORIA (cosa que estoy totalmente de acuerdo y ODIO a los que la ponen al reves o de costado.. y encima NO LOS PARAN.. tema a parte.
Mi planteo es que el permiso te da "permiso" para circular con la moto como dueño, porque no esta inscripta en ningun lado, no "existe" entonces eso te formaliza que la moto es legal, y que se esta dando de alta, o sea, no tenes titulo, cedula verde, nada...
No les parece que es asi? O sea, la policia te puede hacer la boleta, secuestrar la moto o lo que sea pero por NO TENER PATENTE.
Imaginense autos sin patente (que los hay) seria lo mismo. Creo que el sistema deberia dar una patente provisoria como la de los autos (las rojas) hasta que este la definitiva, algo, un codigo...
Yo no soy el mas moralista de todos, pero respeto las leyes, tengo mi seguro, mi patente como va puesta, no paso los semaforos en rojo, etc, porque en definitiva estar en una moto no me da impunidad,,, aunque me da MUCHA bronca los que hacen cualquiera (ojo, por favor, sin ofender a nadie, eh).
Saludos totales.
DISCULPA Q ME META, EL POLI TE CHAMUYO PARA SACARTE PLATA, XQ SI QUIERE VER SI LA MOTO ES REALMENTE LA Q FIGURA EN EL PERMISO DE CIRCULACION, Q SE AGACHE UN POCO Y MIRE EL NRO DE CUADRO Y DE MOTOR, LA CHAPA IDENTIFICATORIA ESTA EN TRAMITE AL IGUAL Q EL TITULO Y LA CEDULA VERDE Y EL PERMISO ES EL COMPROBANTE YA Q CUANDO SE HACE EL PERMISO SE GESTIONA EL TRAMITE ANTE EL REGISTRO DE PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR, XQ NO ES UN TRAMITE AISLADO Q HACE LA AGENCIA XQ QUIERE, SINO Q ESTAN AUTORIZADOS POR EL RNPA PARA HACER EL TRAMITE.
SALUDOS
FERLO- Solidario
- Cantidad de envíos : 9169
Fecha de inscripción : 16/10/2011
Edad : 46
Localizacion : CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Re: permiso de la agencia para circular
ferlo, el tema no es el numero de motor... el tema es como mierda te identifican sin pararte.. vos pisas a una vieja y rajas.. sin patente ...no te pueden identificar, se entiende a lo que voy?
con ese criterio, que los autos, tampoco usen patente.. y que si el cana te para. que mire el numero de motor.
No importa si tu moto, patente y titulo esta en tramite, no sos identificable, la ley dice que tenes que tener chapa patente para circular.
Ademas que el papel sea oficial y que lo haga la agencia oficialmente no quiere decir que puedas circular SIN CHAPA. Quizas si a los 2 dias tenes la chapa pero no cedula verde ni el titulo, el papel te sirve de 10.
otra cosa ferlo, todo es con onda eh!, estamos debatiendo, yo no bardeo.
Abrazo!
con ese criterio, que los autos, tampoco usen patente.. y que si el cana te para. que mire el numero de motor.
No importa si tu moto, patente y titulo esta en tramite, no sos identificable, la ley dice que tenes que tener chapa patente para circular.
Ademas que el papel sea oficial y que lo haga la agencia oficialmente no quiere decir que puedas circular SIN CHAPA. Quizas si a los 2 dias tenes la chapa pero no cedula verde ni el titulo, el papel te sirve de 10.
otra cosa ferlo, todo es con onda eh!, estamos debatiendo, yo no bardeo.
Abrazo!
eze3000- Cantidad de envíos : 383
Fecha de inscripción : 04/11/2010
Edad : 44
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal
Re: permiso de la agencia para circular
eze3000 escribió:ferlo, el tema no es el numero de motor... el tema es como mierda te identifican sin pararte.. vos pisas a una vieja y rajas.. sin patente ...no te pueden identificar, se entiende a lo que voy?
con ese criterio, que los autos, tampoco usen patente.. y que si el cana te para. que mire el numero de motor.
No importa si tu moto, patente y titulo esta en tramite, no sos identificable, la ley dice que tenes que tener chapa patente para circular.
Ademas que el papel sea oficial y que lo haga la agencia oficialmente no quiere decir que puedas circular SIN CHAPA. Quizas si a los 2 dias tenes la chapa pero no cedula verde ni el titulo, el papel te sirve de 10.
otra cosa ferlo, todo es con onda eh!, estamos debatiendo, yo no bardeo.
Abrazo!
Eze, creo que si bien es cierto que no te pueden identificar así no más, ante la duda, me parece que deberían tener el derecho de pararte PARA REVISAR LOS DOCUMENTOS y corroborar que ese vehícula está en orden... así no te fugas lejos... muchas veces no te sirve tener la chapa porque el tipo se raja y no le llegan a leer la patente (obvio, la patente aumenta la probabilidad de agarrarlo)... que se yo, falta tanto para arreglar... por ejemplo, tenes el registro de autos sin patente que ya fueron parados 1 vez, si al volver a pararlo, pasaron 2 semanas o más desde LA PRIMERA vez que lo pararon y sigue sin patente, le encanutan el auto y que le pongan una terrible multa... pero esto es demasiado "avanzado" porque para eso necesitarían computadoras para los polis, así que imaginate... jaja
Komp- Cantidad de envíos : 1900
Fecha de inscripción : 28/06/2011
Edad : 37
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Re: permiso de la agencia para circular
eze3000 escribió:ferlo, el tema no es el numero de motor... el tema es como mierda te identifican sin pararte.. vos pisas a una vieja y rajas.. sin patente ...no te pueden identificar, se entiende a lo que voy?
con ese criterio, que los autos, tampoco usen patente.. y que si el cana te para. que mire el numero de motor.
No importa si tu moto, patente y titulo esta en tramite, no sos identificable, la ley dice que tenes que tener chapa patente para circular.
Ademas que el papel sea oficial y que lo haga la agencia oficialmente no quiere decir que puedas circular SIN CHAPA. Quizas si a los 2 dias tenes la chapa pero no cedula verde ni el titulo, el papel te sirve de 10.
otra cosa ferlo, todo es con onda eh!, estamos debatiendo, yo no bardeo.
Abrazo!
NO TE HAGAS DRAMA Q YO TAMPOCO TE BARDEO, A VER SI ME ENTENDES LO Q TE QUIERO DECIR, LA PATENTE ES UN ANEXO POR LLAMARLO DE ALGUNA MANERA A LA CEDULA VERDE Y AL TITULO, Y TE EXPLICO EL XQ, VOS LE PODES MANDAR A HACER LA PATENTE Q SE TE CANTE LA GANA PERO EL UNICO PAPEL Q ACREDITA Q ES TU VEHICULO, ES LA CEDULA VERDE O EL TITULO, YA Q EN ELLOS FIGURAN TU NRO DE CUADRO/ CHASIS Y EL NRO DE MOTOR CON EL DOMINIO Q DEBE TENER COLOCADO, POR ENDE LA UNICA MANERA DE INDENTIFICARTE ES PARANDOTE, NO HAY OTRA,,,,
ENTIENDO TU PUNTO DE VISTA PERO PARA Q TE DES UNA IDEA, LEE ESTO DE LA LEY NACIONAL DE TRANSITO
ARTICULO 48. — PROHIBICIONES. Está prohibido en la vía pública:
a) Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre. Para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. Para vehículos destinados al transporte de pasajeros de menores y de carga, queda prohibido hace cualquiera sea la concentración por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario. (Inciso sustituido por art. 17 de la Ley N° 24.788 B.O. 03/04/1997)
b) Ceder o permitir la conducción a personas sin habilitación para ello;
c) A los vehículos, circular a contramano, sobre los separadores de tránsito o fuera de la calzada, salvo sobre la banquina en caso de emergencia;
d) Disminuir arbitraria y bruscamente la velocidad, realizar movimientos zigzagueantes o maniobras caprichosas e intempestivas;
e) A los menores de 18 años conducir ciclomotores en zonas céntricas, de gran concentración de vehículos o vías rápidas;
f) Obstruir el paso legítimo de peatones u otros vehículos en una bocacalle, avanzando sobre ella, aun con derecho a hacerlo, si del otro lado de la encrucijada no hay espacio suficiente que permita su despeje;
g) Conducir a una distancia del vehículo que lo precede, menor de la prudente, de acuerdo a la velocidad de marcha;
h) Circular marcha atrás, excepto para estacionar, egresar de un garage o de una calle sin salida;
i) La detención irregular sobre la calzada, el estacionamiento sobre la banquina y la detención en ella sin ocurrir emergencia;
j) En curvas, encrucijadas y otras zonas peligrosas, cambiar de carril o fila, adelantarse, no respetar la velocidad precautoria y detenerse;
k) Cruzar un paso a nivel si se percibiera la proximidad de un vehículo ferroviario, o si desde el cruce se estuvieran haciendo señales de advertencia o si las barreras estuviesen bajas o en movimiento, o la salida no estuviere expedita. También está prohibido detenerse sobre los rieles o a menos de cinco metros de ellos cuando no hubiere barreras, o quedarse en posición que pudiere obstaculizar el libre movimiento de las barreras;
l) Circular con cubiertas con fallas o sin la profundidad legal de los canales en su banda de rodamiento;
m) A los conductores de velocípedos, de ciclomotores y motocicletas, circular asidos de otros vehículos o enfilados inmediatamente tras otros automotores;
n) A los ómnibus y camiones transitar en los caminos manteniendo entre sí una distancia menor a cien metros, salvo cuando tengan más de dos carriles por mano o para realizar una maniobra de adelantamiento;
ñ) Remolcar automotores, salvo para los vehículos destinados a tal fin. Los demás vehículos podrán hacerlo en caso de fuerza mayor utilizando elementos rígidos de acople y con la debida precaución;
o) Circular con un tren de vehículos integrado con más de un acoplado, salvo lo dispuesto para la maquinaria especial y agrícola;
p) Transportar residuos, escombros, tierra, arena, grava, aserrín, otra carga a granel, polvorientas, que difunda olor desagradable, emanaciones nocivas o sea insalubre en vehículos o continentes no destinados a ese fin. Las unidades para transporte de animales o sustancias nauseabundas deben ser lavadas en el lugar de descarga y en cada ocasión, salvo las excepciones reglamentarias para la zona rural;
q) Transportar cualquier carga o elemento que perturbe la visibilidad, afecte peligrosamente las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos;
r) Efectuar reparaciones en zonas urbanas, salvo arreglos de circunstancia, en cualquier tipo de vehículo;
s) Dejar animales sueltos y arrear hacienda, salvo en este último caso, por caminos de tierra y fuera de la calzada;
t) Estorbar u obstaculizar de cualquier forma la calzada o la banquina y hacer construcciones, instalarse o realizar venta de productos en zona alguna del camino;
u) Circular en vehículos con bandas de rodamiento metálicas o con grapas, tetones, cadenas, uñas, u otro elemento que dañe la calzada salvo sobre el barro, nieve o hielo y también los de tracción animal en caminos de tierra. Tampoco por éstos podrán hacerlo los microbús, ómnibus, camiones o maquinaria especial, mientras estén enlodados. En este último caso, la autoridad local podrá permitir la circulación siempre que asegure la transitabilidad de la vía;
v) Usar la bocina o señales acústicas; salvo en caso de peligro o en zona rural, y tener el vehículo sirena o bocina no autorizadas;
w) Circular con vehículos que emitan gases, humos, ruidos, radiaciones u otras emanaciones contaminantes del ambiente, que excedan los límites reglamentarios;
x) Conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua;
y) Circular con vehículos que posean defensas delanteras y/o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que, excediendo los límites de los paragolpes o laterales de la carrocería, pueden ser potencialmente peligrosos para el resto de los usuarios de la vía pública.
Y AHORA Q LO LEISTE, CUANTAS NORMAS DE ESTE ARTICULO NADA MAS SE INFRINGEN EN ARGENTINA?????
FERLO- Solidario
- Cantidad de envíos : 9169
Fecha de inscripción : 16/10/2011
Edad : 46
Localizacion : CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Re: permiso de la agencia para circular
Te entiendo, pero no quiero polemizar mas, cada uno tiene su punto de vista, y podemos encontrar 1.000.000 de ejemplo o de infracciones diarias, pero ya fue.
En definitiva, le saco la patente a mi moto y ando igual?.
Por mi parte, esta terminado el tema. Al amigo que inicio el post, no podemos mas que desearle suerte si lo paran, porque depende de su habilidad para pelearle al cana y de las ganas del cana de hinchar los cocos, no?
Abrazo y buenas rutas.
En definitiva, le saco la patente a mi moto y ando igual?.
Por mi parte, esta terminado el tema. Al amigo que inicio el post, no podemos mas que desearle suerte si lo paran, porque depende de su habilidad para pelearle al cana y de las ganas del cana de hinchar los cocos, no?
Abrazo y buenas rutas.
eze3000- Cantidad de envíos : 383
Fecha de inscripción : 04/11/2010
Edad : 44
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal
Re: permiso de la agencia para circular
eze3000 escribió:Te entiendo, pero no quiero polemizar mas, cada uno tiene su punto de vista, y podemos encontrar 1.000.000 de ejemplo o de infracciones diarias, pero ya fue.
En definitiva, le saco la patente a mi moto y ando igual?.
Por mi parte, esta terminado el tema. Al amigo que inicio el post, no podemos mas que desearle suerte si lo paran, porque depende de su habilidad para pelearle al cana y de las ganas del cana de hinchar los cocos, no?
Abrazo y buenas rutas.
SI LE QUERES SACAR LA PATENTE, HACELO EZE. Y YO TE EXPRESEO MI PUNTO DE VISTA DESDE LA POSICION DE MI LABURO, ASIQ IMAGINATE Q ALGO DE ESTO CONOZCO.
SALUDOS
FERLO- Solidario
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Fecha de inscripción : 16/10/2011
Edad : 46
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Re: permiso de la agencia para circular
gente, están hablando de 2 cosas. Eze habla del sentido común y ferlo de las leyes.
Como bien sabemos, estas 2 cosas no siempre son copatibles por ende no busquen un punto en común, es algo que no depende mucho de Uds...
ambos tienen razón en sus respectivos puntos de vista, simplemente son 2 cosas diferentes que no se deben comparar en casos como este.
Como bien sabemos, estas 2 cosas no siempre son copatibles por ende no busquen un punto en común, es algo que no depende mucho de Uds...
ambos tienen razón en sus respectivos puntos de vista, simplemente son 2 cosas diferentes que no se deben comparar en casos como este.
Komp- Cantidad de envíos : 1900
Fecha de inscripción : 28/06/2011
Edad : 37
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal - Microcentro
Re: permiso de la agencia para circular
Komp escribió:gente, están hablando de 2 cosas. Eze habla del sentido común y ferlo de las leyes.
Como bien sabemos, estas 2 cosas no siempre son copatibles por ende no busquen un punto en común, es algo que no depende mucho de Uds...
ambos tienen razón en sus respectivos puntos de vista, simplemente son 2 cosas diferentes que no se deben comparar en casos como este.
YO NO HABLO SOLAMENTE DE LAS LEYES Y LO Q TENDRIA Q SER, ES SENTIDO COMUN Q SI YO PARO A UNA MOTO EN LA CALLE, MAS ALLA DE LA PATENTE, LE PIDO LA CEDULA VERDE PARA SABER SI EL GUAMPA Q VA MANEJANDO ES EL TITULAR O NO, SI ME QDAN DUDAS, VERIFICO LA MOTO (MIRO EL NRO DE CUADRO Y DE MOTOR) Y SI ME QDAN MAS DUDAS, SOLICITO ANTECEDENTES.
SI VIENE ALGUIEN Y ME PRESENTA AL MOMENTO DEL CONTROL LA CEDULA PROVISORIA, ME TOMO EL LABURO DE VERIFICARLA SI O SI, POR MAS Q ESTE MANEJANDO EL Q FIGURA COMO TITULAR, XQ LA CEDULA PROVISORIA TIENE MENOS MEDIDAS DE SEGURIDAD Q LA CEDULA VERDE O EL TITULO.
A LA PATENTE EN SI NO LE DOY MUCHA PELOTA YA Q LAS PATENTES LAS PODES MANDAR A HACER O EN ALGUNOS CASOS LAS ROBAN PARA SALIR A DELINQUIR Y ME HA PASADO EN MAS DE UN CASO, DE Q LA MOTO CON EL DOMINIO COLOCADO ME DABA Q ERA OTRA O ME TIRABA OTRO NRO DE MOTOR O DE CUADRO, Y POR ENDE AHI ESTABA EN PRESENCIA DE OTRO DELITO MAS GRAVE.
ES CUESTION DE CRITERIOS DE TRABAJO CUANDO SE ESTA EN LA CALLE, SOLAMENTE ESO
SALUDOS
FERLO- Solidario
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Fecha de inscripción : 16/10/2011
Edad : 46
Localizacion : CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Re: permiso de la agencia para circular
ferlo pero que haces si paras a uno sin patente y con los otros papeles en regla (supongamos que tiene la cedula verde)?,
multa, advertencia, nada, le preguntas por que no la tiene (ya que la puede haber perdido)?
Obvio que tambien esta en el criterio del que te para, pero lo que no termino de entender.. pero posta, eh.. en el caso que te puse recien.. esta en falta o no?
Te lo pregunto porque me puede pasar y quiero saber con que defenderme.
multa, advertencia, nada, le preguntas por que no la tiene (ya que la puede haber perdido)?
Obvio que tambien esta en el criterio del que te para, pero lo que no termino de entender.. pero posta, eh.. en el caso que te puse recien.. esta en falta o no?
Te lo pregunto porque me puede pasar y quiero saber con que defenderme.
eze3000- Cantidad de envíos : 383
Fecha de inscripción : 04/11/2010
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Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal
Re: permiso de la agencia para circular
FERLO escribió:Komp escribió:gente, están hablando de 2 cosas. Eze habla del sentido común y ferlo de las leyes.
Como bien sabemos, estas 2 cosas no siempre son copatibles por ende no busquen un punto en común, es algo que no depende mucho de Uds...
ambos tienen razón en sus respectivos puntos de vista, simplemente son 2 cosas diferentes que no se deben comparar en casos como este.
YO NO HABLO SOLAMENTE DE LAS LEYES Y LO Q TENDRIA Q SER, ES SENTIDO COMUN Q SI YO PARO A UNA MOTO EN LA CALLE, MAS ALLA DE LA PATENTE, LE PIDO LA CEDULA VERDE PARA SABER SI EL GUAMPA Q VA MANEJANDO ES EL TITULAR O NO, SI ME QDAN DUDAS, VERIFICO LA MOTO (MIRO EL NRO DE CUADRO Y DE MOTOR) Y SI ME QDAN MAS DUDAS, SOLICITO ANTECEDENTES.
SI VIENE ALGUIEN Y ME PRESENTA AL MOMENTO DEL CONTROL LA CEDULA PROVISORIA, ME TOMO EL LABURO DE VERIFICARLA SI O SI, POR MAS Q ESTE MANEJANDO EL Q FIGURA COMO TITULAR, XQ LA CEDULA PROVISORIA TIENE MENOS MEDIDAS DE SEGURIDAD Q LA CEDULA VERDE O EL TITULO.
A LA PATENTE EN SI NO LE DOY MUCHA PELOTA YA Q LAS PATENTES LAS PODES MANDAR A HACER O EN ALGUNOS CASOS LAS ROBAN PARA SALIR A DELINQUIR Y ME HA PASADO EN MAS DE UN CASO, DE Q LA MOTO CON EL DOMINIO COLOCADO ME DABA Q ERA OTRA O ME TIRABA OTRO NRO DE MOTOR O DE CUADRO, Y POR ENDE AHI ESTABA EN PRESENCIA DE OTRO DELITO MAS GRAVE.
ES CUESTION DE CRITERIOS DE TRABAJO CUANDO SE ESTA EN LA CALLE, SOLAMENTE ESO
SALUDOS
así es, hablaba del inicio de esta conversación, donde vos exponías lo que dice la ley, a eso iba no más... dsp sí, tenés el criterio del que te para, etc...
Komp- Cantidad de envíos : 1900
Fecha de inscripción : 28/06/2011
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Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal - Microcentro
Re: permiso de la agencia para circular
Komp escribió:así es, hablaba del inicio de esta conversación, donde vos exponías lo que dice la ley, a eso iba no más... dsp sí, tenés el criterio del que te para, etc...
ES Q ARGENTINA, PAIS GENEROSO, HECHA LA LEY... HECHA LA TRAMPA. ADEMAS CONVENGAMOS Q LA MAYORIA DE LAS LEYES SON DEL AÑO DEL PEDO Y NO SE FUERON MODIFICANDO, POR ESO SIEMPRE SE VAN A ENCONTRAR CIERTAS "SOMBRAS" LEGALES...
FERLO- Solidario
- Cantidad de envíos : 9169
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Localizacion : CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Re: permiso de la agencia para circular
FERLO escribió:Komp escribió:así es, hablaba del inicio de esta conversación, donde vos exponías lo que dice la ley, a eso iba no más... dsp sí, tenés el criterio del que te para, etc...
ES Q ARGENTINA, PAIS GENEROSO, HECHA LA LEY... HECHA LA TRAMPA. ADEMAS CONVENGAMOS Q LA MAYORIA DE LAS LEYES SON DEL AÑO DEL PEDO Y NO SE FUERON MODIFICANDO, POR ESO SIEMPRE SE VAN A ENCONTRAR CIERTAS "SOMBRAS" LEGALES...
sí tal cual! precisamente ese podría llegar a ser un punto intermedio entre Uds jaja :P (Yo no me incluyo, entré como mediador/metido jaja)
Komp- Cantidad de envíos : 1900
Fecha de inscripción : 28/06/2011
Edad : 37
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal - Microcentro
Re: permiso de la agencia para circular
eze3000 escribió:ferlo pero que haces si paras a uno sin patente y con los otros papeles en regla (supongamos que tiene la cedula verde)?,
multa, advertencia, nada, le preguntas por que no la tiene (ya que la puede haber perdido)?
Obvio que tambien esta en el criterio del que te para, pero lo que no termino de entender.. pero posta, eh.. en el caso que te puse recien.. esta en falta o no?
Te lo pregunto porque me puede pasar y quiero saber con que defenderme.
NO TENER LA PATENTE ES UNA INFRACCION, DE ESO NO HAY DUDAS.
EN MI CASO PARTICULAR (Y ME PARECE Q HABLO EN LA MAYORIA DE LOS CASOS Q LABURAMOS LOS GENDARMES EN LAS CALLES) SI LA MOTO NO TIENE NINGUN IMPEDIMENTO LEGAL Y LA PERSONA Q LA CONDUCE TAMPOCO, SIMPLEMENTE SE VA.
ES COMO BIEN DECIS VOS EZE, LA PATENTE LA PODES HABER PERDIDO, TE LA PUEDEN HABER ROBADO O SIMPLEMENTE EL RNPA NO LA EMITIO TODAVIA. ESO SI, SI LA PERDISTE TENES Q TENER LA CONSTANCIA DEL PEDIDO DE LA CHAPA PATENTE DUPLICADA (ANTE EL RNPA) Y SI TE LA ROBARON, TENES Q TENER LA CONSTANCIA DE LA DENUNCIA DE ROBO HECHA EN ALGUNA COMISARIA.
POR ESO TE DECIA Q VA EN EL CRITERIO DEL PERSONAL Q TE CONTROLA, SEGUN LO Q VOS MANIFIESTES Y COMO PUEDAS COMPROBAR LO Q DECIS, XQ SI VOS ME DECIS Q LA PERDISTE Y A ESO, POR EJEMPLO, LE SUMO Q ESTAS SIN CASCO, SIN SEGURO, SIN CEDULA VERDE, SABELO Q AHI LLAMO A UN PATRULLERO PARA Q TE VENGA A LABRAR EL ACTA DE INFRACCION Y TE PUEDO ASEGURAR Q TE VAS CAMINANDO.
FERLO- Solidario
- Cantidad de envíos : 9169
Fecha de inscripción : 16/10/2011
Edad : 46
Localizacion : CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Re: permiso de la agencia para circular
todo clarisimo muchachos.
Un abrazo para todos!
Un abrazo para todos!
eze3000- Cantidad de envíos : 383
Fecha de inscripción : 04/11/2010
Edad : 44
Localizacion : Buenos Aires - Capital Federal
Re: permiso de la agencia para circular
PARA IR TERMINANDO DE CLARIFICAR EL TEMA, A PARTIR DEL AÑO PASADO, LAS AGENCIAS ESTAN OBLIGADAS A ENTREGAR LAS MOTOS CUANDO TENGAN LA CONSTANCIA DEL RNPA Q ESTA EN TRAMITE EL ALTA EN EL MISMO O BIEN, SI EL COMPRADOR REALIZAR EL TRAMITE CON EL GESTOR DE LA AGENCIA, ES AHI CUANDO TE ENTREGAN LA CEDULA PROVISORIA LA CUAL TE PERMITE CIRCULAR LIBREMENTE (POR SUPUESTO CON EL SEGURO, LICENCIA Y DEMAS). ESTO LO CREARON EN RAZON DE Q ANTES, UNO PODIA RETIRAR LA MOTO DE LA AGENCIA Y UNO REALIZABA LOS TRAMITES EN EL RNPA AHORRANDO UNOS MANGUITOS DEL GESTOR, PERO TODAVIA HAY MUCHOS MOTOVEHICULOS EN CIRCULACION Q NUNCA FUERON ACENTADOS EN EL RNPA.
SALUDOS
SALUDOS
FERLO- Solidario
- Cantidad de envíos : 9169
Fecha de inscripción : 16/10/2011
Edad : 46
Localizacion : CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Re: permiso de la agencia para circular
no me deja subir las foto !!!!!! como hago ?
pichu-kick- Cantidad de envíos : 27
Fecha de inscripción : 10/12/2011
Edad : 53
Localizacion : Villa Luro
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